Extractos del reglamento interno del desarrollo, con el artículo del que salen. Son las reglas que más cambian un proyecto.
4.1.1
La casa debe ubicarse dentro del EDUC
Cada Unidad Privativa tiene un EDUC definido y particularizado en el plano anexo a su escritura. La residencia deberá ubicarse dentro del EDUC, y el desplante no deberá exceder la superficie resultante de aplicar el COS. Los diseños que no cumplan con EDUC, COS y CUS no serán aprobados.
4.2.1
La altura máxima depende de tu manzana
La altura máxima de las edificaciones viene especificada en la tabla de restricciones y será en función de la manzana y el uso del suelo, medida desde el terreno natural o modificado hasta el punto más alto de la construcción. En el caso de condominios la altura máxima será de 16 metros.
4.1.1
El COS y el CUS son de tu lote, no del desarrollo
El COS y el CUS correspondientes a cada Unidad Privativa se encuentran determinados en su escritura pública de propiedad. Las restricciones frontal, lateral y posterior quedan descritas en la misma escritura y en el plano del lote.
4.1.1 A · 4.2.9
La alberca y la palapa: qué dice el reglamento y cómo se construye hoy
El área de las construcciones como albercas, cuartos de máquinas, palapas, kioscos o cuartos de veladores está incluida dentro del área de COS y de CUS, y tiene que estar dentro del EDUC.
4.2.1
Los niveles dependen de la clave de tu lote
El reglamento interno de 2014 establecía dos niveles para las residencias. Las fichas de lote de 2024 y 2025 autorizan hasta tres niveles en las claves nuevas, con altura máxima de 10.50 m. El número que aplica es el de la clave de uso de suelo de tu lote, que viene en tu ficha o chepina. En Unidades Privativas con pendiente pronunciada puede autorizarse un nivel adicional siempre que los paños de fachadas, ventanas y vanos no lo demuestren, con visto bueno del Comité Técnico.
4.1.1 A.3
Nada construido en la restricción posterior
En la restricción posterior no podrán construirse albercas, bardas, andadores peatonales ni rampas para carritos de golf. Queda estrictamente prohibida la construcción de palapas, kioscos, terrazas cubiertas, cocheras y cuartos de máquinas en dicha restricción. Toda el área será selva nativa.
4.1.1 A.1
La restricción frontal es selva nativa
En la restricción frontal solo se podrán construir andadores y rampas vehiculares indispensables. El resto será selva nativa, tratada según el Plan General de Arquitectura del Paisaje.
4.2.6
Muros blancos máximo 75%, piedra mínimo 25%
El color de los muros exteriores deberá ser blanco en un 75% máximo y será combinado con piedra en un 25% mínimo, sometida a aprobación del Comité Técnico. Los materiales exteriores deberán aprobarse con muestras físicas.
4.2.6
Materiales exteriores prohibidos
No se permite la aplicación externa de elementos y recubrimientos metálicos reflejantes, vinilo, superficies reflejantes, asbesto ni P.V.C.
4.2.6
Solo cristales claros, tinte verde o esmerilados
No se permite el uso de cristales tipo espejo en ninguna tonalidad, ni polarizados o ahumados. Únicamente están permitidos los cristales claros o transparentes, tintes verdes y los esmerilados o al ácido.
4.2.2
Sin cúpulas
El juego con los planos de muros y techos puede usarse para dar movimiento e interés visual, quedando prohibida la utilización de cúpulas.
4.2.5
Techos en colores naturales
Los techos no podrán estar pintados con colores brillantes ni con colores que no sean los naturales de los materiales. Acabados y materiales deben ser autorizados previamente por el Comité Técnico.
6.5
Todo proyecto pasa por el Comité Técnico
Antes de cualquier planeación conceptual debe consultarse al Comité Técnico para verificar la localización específica del EDUC. El proyecto se somete a reunión preliminar, presentación inicial, evaluación, presentación final y aprobación final antes de la licencia de construcción.
6.1
Fianza de 200,000 pesos, actualizable
Los condóminos y sus constructores deberán otorgar una fianza para garantizar el cumplimiento del reglamento, por $200,000.00 M.N., actualizable al inicio de la obra con una tasa igual al INPC que publica el Banco de México.
6.1
La obra no puede quedar inconclusa más de 18 meses
Si la construcción se desvía del proyecto aprobado o queda inconclusa en un lapso de 18 meses a partir de la fecha de inicio, se hará efectiva la fianza para corregir los desvíos y dar acabado a la obra.
6.6
Requisitos antes de iniciar obra
Ninguna obra podrá iniciarse sin la aprobación final del Comité Técnico, la licencia municipal de construcción, y la fianza y el seguro correspondientes. Toda obra deberá tapiarse desde su inicio con elementos estéticos que impidan la vista desde el exterior; queda prohibido el uso de madera de construcción para el cercado.
Anexo C 3.14
Horario de obra
Lunes a viernes de 7:00 a 18:00 horas. Sábados de 7:00 a 14:00 horas. Domingos y días festivos de la Ley Federal del Trabajo no son laborables.
4.1.1 A.5
Conservación de la selva nativa
El área de COS queda delimitada dentro de la Unidad Privativa y solo dentro de ella se permite el desmonte. El resto del lote se conserva como selva nativa conforme al Plan General de Arquitectura del Paisaje y a la paleta vegetal autorizada.
2.2
Aplica además el reglamento municipal de Tulum
Por estar ubicado en el Municipio de Tulum, deberá observarse y cumplirse el Reglamento de Construcción y de los Servicios Urbanos del Municipio de Tulum para todos los aspectos que no contemple el reglamento interno del condominio.
Reglamento
Barda perimetral
La barda perimetral es opcional y no podrá exceder 1.20 m de altura.